PPWR: qué puede darle su proveedor de latas y qué no

El Reglamento (UE) 2025/40, el PPWR, se aplica desde el 12 de agosto de 2026 (Art. 71). Desde entonces, las marcas de la UE envían cuestionarios a sus proveedores: declaraciones que firmar, certificados que adjuntar, números de registro que rellenar.
Algunas de esas líneas un fabricante de latas puede responderlas por completo, con datos de ensayo detrás. Otras puede responderlas con una declaración, siempre que diga con claridad en qué se apoya. Y otras no puede responderlas en absoluto, y un proveedor que las firme igualmente no ha resuelto su problema: ha creado una responsabilidad con el nombre de usted encima. Mantenemos por producto un expediente de documentación técnica PPWR, junto a las declaraciones de contacto alimentario y de reciclabilidad, y lo repasamos con usted mientras se especifica la lata. El panorama general está en lo que el comprador de envases debe saber sobre el PPWR.
Qué puede darle un fabricante de latas
- Una lista de materiales por componente. Calidad y espesor del acero, peso del recubrimiento de estaño, laca interior, tintas y barnices exteriores, y cada componente no metálico: juntas, ventanas, bandejas, fundas, cintas, pesados en gramos. Los gramos importan: el Art. 6(9) evalúa la reciclabilidad por unidad y sobre todos los componentes, y desde 2030 el Art. 7 alcanza cualquier parte de plástico salvo que esté por debajo del 5% del peso de la unidad (Art. 7(5)(b)).
- Ensayos de migración acreditados, y una línea clara a su alrededor. Tenemos informes de contacto alimentario acreditados según ISO/IEC 17025 sobre la lata lacada: migración específica de metales, migración específica de bisfenol A y migración global en tres simulantes alimentarios. Eso es migración al alimento. El Art. 5(4) plantea otra pregunta: limita a 100 mg/kg, como contenido, la suma de plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente en el envase y sus componentes, así que tintas, lacas y juntas cuentan, y no hay excepción para el metal. El método de la Comisión para eso es el informe CEN CR 13695-1:2000. Nuestra posición sobre esa suma se apoya en un aprovisionamiento controlado y en declaraciones de proveedor, y lo decimos así en lugar de dar a entender una determinación de contenido que no hemos realizado.
- Nuestra posición sobre las PFAS, y exactamente en qué se apoya. El Art. 5(5) fija 25 ppb para una PFAS individual por análisis dirigido, 250 ppb para la suma y 50 ppm incluidas las PFAS poliméricas. En una lata está en la laca y el barniz, no en el acero. Nuestra laca interior se especifica y se suministra como sin PFAS añadidas intencionadamente, y la declaración del fabricante de la laca está en nuestro expediente: es una posición declarada, no medida. Todavía no hay método de ensayo armonizado de la UE, y el cribado de la Comisión empieza por el flúor total en 50 mg/kg, que puede encargarse sobre una fabricación concreta si su expediente necesita una cifra. Son límites, no una prohibición, así que no escribiremos "libre de PFAS" ni presentaremos una declaración de proveedor como prueba de laboratorio.
- La declaración de contacto alimentario conforme al Reglamento (CE) n.º 1935/2004, con una posición precisa sobre el BPA: bajo el Reglamento (UE) 2024/3190 la transición principal terminó el 20 de julio de 2026, mientras que los recubrimientos con BPA solo exteriores en artículos metálicos y algunos usos en conservas de fruta, verdura y pescado tienen hasta el 20 de enero de 2028, y el llenado hasta el 20 de enero de 2029.
- Datos dimensionales y de espacio de cabeza para su expediente de minimización. Desde el 1 de enero de 2030, el Art. 10(2) prohíbe las características dirigidas únicamente a aumentar el volumen percibido: dobles paredes, fondos falsos, capas innecesarias. El Anexo IV, parte A, punto 4 mantiene el fin de regalo y de temporada como criterio, pero hay que argumentarlo y documentarlo; la aceptación del consumidor y el marketing se eliminaron (considerando 60). El argumento es suyo.
Qué no puede darle un fabricante de latas
- La declaración UE de conformidad. El Art. 39 dice que la elabora el fabricante, y con arreglo al Art. 3(1)(13)(a) el fabricante es quien encarga la fabricación del envase bajo su propio nombre o marca. Guía de la Comisión: solo hay un fabricante por cadena de suministro. En una lata impresa con su marca, ese es usted. Nuestro deber es el Art. 16, darle todo lo que necesita para elaborarla. Las latas lisas, sin imprimir, vendidas bajo nuestro propio nombre son la excepción; ahí asumimos el Art. 15.
- El registro de EPR. Corresponde al operador establecido en la UE; un proveedor de fuera de la UE no puede registrarse por usted. Usted es además el importador: el Art. 18(2) le obliga a comprobar que el fabricante hizo la evaluación del Art. 38 y que el expediente del Anexo VII existe, y el Art. 18(3) pone su nombre en el envase.
- Un representante autorizado. Es opcional según el Art. 17, y una venta B2B de Turquía a una marca de la UE no lo exige. El Art. 21 es la trampa: un importador o distribuidor que vende el envase bajo su propio nombre, o que lo modifica, pasa a ser el fabricante.
- Una clase de reciclabilidad. Nadie puede emitir una antes del acto delegado que define los criterios y las clases, previsto para antes del 1 de enero de 2028 (Art. 6(4)). Las clases A, B y C están en el 95%, el 80% y el 70% o más, evaluadas por unidad y sobre todos los componentes (Art. 6(9)), y desde 2030 por debajo de C no puede introducirse en el mercado. Lo que sí es seguro decir: el envase de acero se recicla como flujo separado en la UE, y el 84% del envase de acero puesto en el mercado de la UE se recicló en 2024 (Steel for Packaging Europe, método armonizado de la UE). Eso es el material, no una clase para su unidad.
- Un "certificado PPWR". No existe tal cosa: no hay marcado CE (considerando 109), ni organismo notificado, ni esquema, ni marca. La evaluación de la conformidad es el Anexo VII, Module A, control interno de la producción, autoevaluado por el fabricante. Quien venda un certificado PPWR no vende nada.
- Un porcentaje de contenido reciclado como prueba del PPWR. El Art. 7 cubre el contenido mínimo reciclado en los envases de plástico, y todos sus apartados operativos se limitan a las partes de plástico. No hay ningún porcentaje de contenido reciclado para el metal en todo el PPWR. Podemos indicar lo que la acería dice sobre el contenido de chatarra del acero, pero es un dato del material, no la prueba de un requisito del PPWR, porque para el metal no lo hay.
El fallo que hay que evitar
Una declaración firmada sin nada detrás es peor que ninguna declaración. Cierra la cuestión en su expediente sin cerrarla en los hechos, y no traslada el deber: el Art. 18(2) sigue poniendo la comprobación de su lado, y un fabricante debe entregar la documentación a una autoridad nacional en los 10 días siguientes a la solicitud. Los datos de ensayo y los pesos sobreviven a esa solicitud. Una firma que nadie podía dar legalmente, no.
Qué pedir a su proveedor de latas
Pegue esto en su próximo correo. Cada línea es una pregunta legítima para plantear a cualquier fábrica de latas, incluida esta.
- Una lista de materiales con cada componente pesado en gramos.
- Resultados de metales pesados para la suma del Art. 5(4) sobre la unidad completa, con el método indicado.
- Datos de flúor total y PFAS sobre la laca y el barniz frente a los límites del Art. 5(5), y sin la expresión "libre de PFAS".
- La declaración del Reglamento (CE) n.º 1935/2004 y una posición fechada sobre el BPA.
- Dimensiones, espacio de cabeza y pesos de los insertos.
- Por escrito: quién creen ellos que es el fabricante del Art. 3(1)(13)(a). Si no es usted en una lata impresa con su marca, pregunte por qué.
Nosotros respondemos las seis y marcamos qué respuesta es un informe de ensayo y cuál es una declaración. En PFAS la respuesta honesta hoy es una especificación de laca y la declaración del fabricante de la laca, con ensayo de flúor total si su expediente necesita una cifra medida. Si está especificando una lata para la UE, pida presupuesto.
Preguntas frecuentes
¿Puede nuestro proveedor de latas firmar por nosotros la declaración UE de conformidad?
No en una lata impresa con su marca. Con arreglo al Art. 3(1)(13)(a) el fabricante es quien encarga la fabricación del envase bajo su propio nombre o marca, y la guía de la Comisión dice que solo hay un fabricante por cadena de suministro. La declaración del Art. 39 es suya; el deber del proveedor es el Art. 16.
¿Existe algo llamado certificado PPWR?
No. No hay marcado CE (considerando 109), ni organismo notificado, ni esquema de certificación. La evaluación de la conformidad es el Anexo VII, Module A, control interno de la producción, autoevaluado por el fabricante.
¿Puede un proveedor decirnos la clase de reciclabilidad de nuestra lata?
No. El acto delegado que define los criterios y las clases está previsto para antes del 1 de enero de 2028 (Art. 6(4)). Las clases A, B y C están en el 95%, el 80% y el 70% o más, evaluadas por unidad y sobre todos los componentes (Art. 6(9)).
¿Exige el PPWR contenido reciclado en una lata de acero?
No. El Art. 7 cubre el contenido reciclado en los envases de plástico, y todos sus apartados operativos se limitan a las partes de plástico. Cualquier componente de plástico entra en el ámbito desde 2030 salvo que esté por debajo del 5% del peso de la unidad (Art. 7(5)(b)). El Art. 7(15) exige una revisión de los materiales no plásticos antes del 12 de febrero de 2032.
¿Qué evidencia sobre PFAS debemos pedir a un proveedor de latas?
Pida tres cosas distintas y pregunte cuál de ellas le están dando: la especificación de la laca, la declaración del fabricante de la laca y cualquier dato de laboratorio. Los límites del Art. 5(5) son 25 ppb para una PFAS individual, 250 ppb para la suma y 50 ppm incluidas las PFAS poliméricas. Todavía no hay método de ensayo armonizado de la UE, así que, si existe un informe, pregunte qué método se usó.
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